En el baño en las piscinas, como en cualquier actividad, hay implícito un riesgo de accidente, que va desde un pequeño golpe con otro bañista hasta una lesión medular, pero
"el accidente más trágico que puede ocurrir en una piscina es la muerte por ahogamiento."
Ya sabes que es peligroso estar pendiente del móvil mientras conduces, pero ¿no crees que también lo será mientras tu hijo se baña en la piscina?
Como dice Sebastián Quintana en La Voz de Galicia ..."la vulnerabilidad de los menores en el medio acuático es absoluta y no somos conscientes, en las playas o en entornos acuáticos, vemos a los padres wasapeando"...
27 segundos. Mire este vídeo, por favor:
Según un comunicado de la Real Federación Española de Salvamento y Socorrismo, en 2020 en España,
"338 personas murieron por ahogamiento en los espacios acuáticos."
Pero no todos eran menores. Destaca que 120 personas ahogadas tenían más de 65 años (1 de cada 3).
Algunas noticias aparecidas en los medios de comunicación del pasado año 2020:
"Hombre de 80 años fallecido al caer al agua de una piscina privada en Granada" (ideal.es)
"Muere un niño de menos de dos años tras caer a una piscina en la barriada de Córdoba" (sevilla.abc.es)
"Dos ahogados en piscinas particulares en 48 horas: un niño en Manzanares y una mujer en Toledo" (lanzadigital.com)
"Fallece por ahogamiento un niño de cuatro años en la piscina en Cádiz" (algecirasalminuto.com)
"Fallece una niña de once años al caer a una piscina en Almuñécar - Granada" (navarra.elespanol.com)
"Fallece el bebé que permanecía crítico tras ahogarse en una piscina de Calvià - Islas Baleares" (ultimahora.es)
También noticias de hispanoamérica:
"Niño de 2 años muere ahogado tras caer a piscina de su casa en San Felipe - Chile" (biobiochile.cl)
"Niño de 2 años muere ahogado en piscina en Tuxpan - México" (vanguardiaveracruz.mx)
La mayoría de los casos con niños se producen en pequeñas piscinas, bañeras o inofensivas piscinas inflables.
¿Y luego qué?
Pues tras estas tragedias, las consecuencias penales.
Un ejemplo según se refleja en elcomercio.es, referido a la piscina de una granja escuela en Asturias donde se ahogó un menor de 5 años.
Dice el periódico que la piscina carecía de licencia de apertura y de socorrista. El Ministerio Público considera a la propietaria responsable civil y le pide una fianza de 600.000€ para hacer frente a un hipotético pago por dicha responsabilidad, a la vez que se solicitan 3 años y medio de prisión.
Otro riesgo de una situación de ahogamiento es que los que salten al agua para hacer el rescate se ahoguen a su vez, como ocurrió en East Brunswick (Estados Unidos) según sdpnoticias.com. La madre y el abuelo intentaron salvar a una niña que se ahogaba en la piscina... y murieron los tres.
También se puede producir la muerte por ahogamiento en la piscina debido a una circunstancia sobrevenida, como un infarto.
Le ocurrió a un deportista como Mitch Cronin, capitán del Wynnum Manly Seagulls, equipo de rugby australiano, mientras se bañaba solo (elespanol.com).
En España, según Asofap, existen más de 23.000 piscinas de uso público (entre hoteles, campings, alojamientos rurales y parques acuáticos).
Sin embargo, no parecen estar las piscinas de uso público en el foco de estas luctuosas noticias dado que solo se produjeron en ellas 2 accidentes con muerte, frente a los 28 ahogamientos ocurridos en las piscinas privadas sin vigilancia.
No obstante, ¡ojo con la peligrosidad de algunas atracciones de los parques acuáticos!
La legislación francesa se adelantó al resto de Europa en el año 2004 disponiendo una serie de requisitos para las piscinas de uso privado en cuanto a su seguridad frente a accidentes.
Y obligó a todas las piscinas a contar, al menos, con uno de los siguientes elementos:
En zonas de agua públicas los usuarios deben observar las normas de baño establecidas por las autoridades competentes y las advertencias de los servicios de socorrismo.
Es responsabilidad del titular (sea una Persona Jurídica o una Administración Pública), comprobar que se cumplen las exigencias de los distintos Reglamentos que les afecten.
Esto también es válido para las Comunidades de Propietarios con piscina de uso comunitario.
Entre las medidas principales que se deben poner en práctica están:
En las piscinas privadas la responsabilidad recae sobre el propietario del inmueble. Entre las medidas a adoptar, para evitar accidentes de los miembros de la comunidad familiar y de sus visitas, figuran:
Otros accidentes en la piscina pueden ocurrir con resultado de lesiones de diversa consideración.
Caídas a la piscina vacía, resbalones en las superficies mojadas del entorno de la piscina o en los vestuarios, golpes y abrasiones con los paramentos del vaso, cortes por un mal estado de los revestimientos...
Por ejemplo, después de una comida principal se debe esperar un tiempo prudencial para zambullirse en el agua. Y no conviene tomar un baño frío inmediatamente después del ejercicio intenso.
Muchas lesiones medulares se producen por un choque contra el fondo de la piscina por lanzarse temerariamente de cabeza a la piscina en zonas someras. En León se celebró recientemente una conferencia sobre la lesión medular en el medio acuático, poniendo en evidencia la falta de formación y medios homogéneos en todo el territorio nacional. Por ello, se deben leer siempre y respetar los carteles indicativos de la profundidad en las distintas zonas de baño.
Y en piscinas muy concurridas no salte al agua con el riesgo de caer sobre otros usuarios.
No frecuente las piscinas en las que no se respeta el límite de aforo.
Aunque los bordes de las piscinas están diseñados con materiales antideslizantes no corra en los alrededores del vaso, ni coja carrera para tirarse a la piscina. El último apoyo del pie en el borde justo antes de saltar puede ser fatal, resbalar, desequilibrarse hacia atrás y golpear el borde del pavimento con la cabeza.
Y también, desgraciadamente, se siguen produciendo atrapamientos en los puntos de aspiración o succión. Por ejemplo, la siguiente noticia:
"Un niño de 12 años resultó herido 'milagrosamente leve' al ser succionado por la depuradora de una piscina en San Lorenzo de El Escorial y pasar más de dos minutos bajo el agua, según informó Emergencias 112 de la Comunidad de Madrid." (navarra.elespanol.com)
Y en el siguiente vídeo vemos otro caso dramático de atrapamiento:
Aparte, por educación y consideración hacia el resto de usuarios no debería entrar en el agua si:
Si me pidieran resumir todas las medidas y recomendaciones útiles para evitar los accidentes en las piscinas me quedaría con estas dos palabras:
EDUCACIÓN y VIGILANCIA.
Si está en una piscina pública, avisar al socorrista. Y llamar a los servicios de emergencia.
En cualquier accidente con una contusión lo mas importante es mover lo menos posible el cuello del accidentado, ya que el movimiento puede empeorar gravemente la lesión.
Sin embargo, si estamos ante una pérdida de conocimiento con inicio de ahogamiento, hay que sacar a la persona fuera del agua y seguir los consejos sanitarios y de reanimación cardiopulmonar (respiración boca a boca).
Si ha sufrido un accidente, con mis conocimientos técnicos y normativos puedo ayudarle a acreditar negligencia del propietario de la piscina. Esto favorecerá sus argumentos para obtener una indemnización compensatoria del daño sufrido.
También es importante:
En otras ocasiones es el propio bañista, con una conducta imprudente o temeraria, el responsable de sus propias lesiones o de las causadas a otros usuarios.
En estos casos se trata de defender al titular de la piscina, acreditando el cumplimiento de toda la normativa aplicable y protegiéndole de los daños sobrevenidos por la repercusión negativa del accidente, lucro cesante, etc...
En el plano legal, si Ud. es propietario de una piscina, ¿Dispone de un seguro que le cubra las posibles reclamaciones de daños o indemnización por accidente?
Si ha construido recientemente una piscina en su jardín, ¿Se ha acordado de ampliar las coberturas de su seguro de hogar?
Como perito lo primero que me llama la atención en algunos artículos periodísticos es la falta de rigor en la utilización del lenguaje.
Según la RAE, 'Ahogar' es "quitar la vida a una persona o a un animal, impidiéndole la respiración"... Por eso carecen de rigor titulares y expresiones como estos… "ahogamiento parcial", "ahogamiento no mortal", "niño reanimado tras ahogarse"... (Un oxímoron tras otro...).
Luego hay que tener en cuenta, claro está, la legislación aplicable. Cada Comunidad Autónoma dispone de la suya propia, además de la Nacional. Y también los municipios dictan normas y ordenanzas particulares que afectan a las piscinas.
Considere que las recomendaciones dadas en esta página no son una lista exhaustiva ni sustituyen a la legislación en vigor.
¿Se identifica en alguno de estos casos?
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